1 MODULO TURISMO

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lunes, 12 de septiembre de 2011

DECRETO 1101 DE 2006

NUEVA LEY DE TURISMO!!!

Por la cual se modifica la Ley 300 de 1996 

Créase una contribución parafiscal con destino a la promoción y competiti-vidad del turismo. La contribución estará a cargo de los aportantes previstos en el artículo 3° de la presente ley. Contribución que en ningún caso será trasladada al usuario. 

Base de liquidación de la contribución. La contribución parafiscal se liquidará trimestralmente por un valor correspondiente al 2.5 por mil de los ingresos operacionales, vinculados a la actividad sometida al gravamen, de los aportantes señalados en el artículo 3° de esta ley.
La entidad recaudadora podrá obtener el pago de la contribución mediante cobro coactivo cuando fuere necesario. Para tal efecto, tendrá facultad de jurisdicción coactiva.

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